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Registro de la Propiedad

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARTEMISA.

Función del  Registro de la Propiedad, su importancia en el tráfico jurídico.

El Registro de la Propiedad tiene como función inscribir todos aquellos títulos de propiedad que cumplan con  los requisitos establecidos. Estos titulos serán clasificados por los registradores  y una vez   calificados si están en regla, entonces serán inscritos en el mismo, logrando de este modo  un efecto jurídico tan importante como: la preservación del derecho sobre el inmueble y sobre todo el derecho frente a terceros, se evidencia el principio primero en el tiempo primero en derecho.

 

Títulos inscribibles en el Registro de la Propiedad  y  porque es necesario la inscripción de un inmueble para posterior trámite, en este caso notarial.

Son inscribibles todos los títulos de propiedad  que tengan los requisitos establecidos en la Resolución 114/07 del Minjus para acceder al Registro, en palabras más fáciles para la población:

1.- Que el título presentado tenga la naturaleza del inmueble si es Urbano o Rural

2.- Que presente las Superficies, útil, libre, ocupada y Total.

3.- Que tenga el valor legal.

4.- Que sus linderos sean correctos.

5.- Que el o los títulos presentados sean legibles, nunca se deben  presentar fotocopias de los mismos, estos deben ser comprobados por el especialista que en un primer momento los atienda y el título este firmado por el facultativo en pleno ejercicio de sus  funciones.

6.- El título puede ser presentado por cualquier persona que determine el propietario siempre que presente el carné de identidad de este.

7.- El Registro también da publicidad a quien tenga el derecho y a quien pretenda adquirirlo o en determinado caso de litigio sea solicitada por un abogado o el propio tribunal, en este caso se expiden Certificaciones de Dominio, Certificaciones Literales, certificaciones negativas, certificaciones en relación, todas son certificadas y llevan sello de timbre por un valor de  $ 10.00 pesos.

8.- Los aranceles del Registro de la Propiedad están determinados por las inscripciones, estos pueden variar en dependencia de esta desde los $ 5.00 pesos hasta poco menos de $ 40.00 pesos, en muy pocos casos llega a esa cifra o puede pasarse, todo depende del valor que tenga la vivienda, puesto que nuestro arancel es del año 1935. Los sellos son $10.00 pesos en sellos, pueden ser 2 de $5.00 pesos o uno de $10.00 pesos.

9.- Además se realizan búsquedas de personas naturales y de viviendas, que en la mayoría de los casos permiten esclarecer o determinar si la persona tiene un derecho inscrito.

10.- El Registro además inscribe y actualiza los inmuebles Estatales, para ello se necesita previa presentación del expediente administrativo propio de cada entidad.

Dirección: Calle 50 esq.21 e/21 y 23

Telefóno:47367185

 

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