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LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

 La administración local creada por la Asamblea del Poder Popular a la cual se subordina, tiene la tarea de dirigir las entidades económicas, de producción y servicios de su nivel de subordinación, con el propósito de satisfacer las necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, recreativas y otros servicios de la colectividad de los municipios en la tiene su jurisdicción, y con este fin cumple las funciones siguientes:

Definición de la administración municipal.

La administración municipal es creada por la Asamblea Municipal del Poder Popular, atendiendo a la división político-administrativa del territorio nacional y en su actividad, tiene como premisa el concepto constitucional de que el municipio es la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la Ley, en una extensión territorial determinada por necesarias relaciones económicas y sociales de su población, y con capacidad para satisfacer las necesidades mínimas locales, que ejerce las funciones y cumple los deberes estatales y de administración de su competencia.

De los límites de competencia y obligaciones de la administración municipal.

 La administración municipal, directivos, ejecutivos, funcionarios y trabajadores que la integran, actúan dentro de los límites de sus respectivas competencia, atribuciones y obligaciones y tienen la obligación de observar estrictamente la Constitución de la República, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, los acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, del Consejo de Estado, del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo, las disposiciones que dicten los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado en asuntos de su competencia que requieran ser regulados, y los acuerdos de las Asambleas Provincial y Municipal del Poder Popular, el presente Reglamento y el conjunto de disposiciones y normas que lo conforman. 

Sobre las disposiciones que se dictan.

Los reglamentos, resoluciones, instrucciones, disposiciones que se dicten y acuerdos que se adopten por los órganos de dirección de la administración municipal, no pueden contradecir la Constitución de la República, las leyes, decretos-leyes, decretos y demás disposiciones jurídicas dictadas por un órgano de superior jerarquía o por un organismo rector de una actividad o rama de la Administración Central del Estado en el marco de sus facultades y competencias.  

ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Artículo13. De la organización de la administración municipal. La administración local subordinada a la Asamblea Municipal del Poder Popular, está constituida por los órganos de dirección del Órgano Central, las entidades subordinadas y otros órganos auxiliares, colegiados y consultivos. 

De los órganos de dirección del Órgano Central a la administración municipal. El Órgano Central está integrado por el Jefe, el Primer Vicejefe, el Vicejefe y los órganos de dirección siguientes:

 

                         DIRECCIONES :

  1. Dirección de Economía y Planificación;
  2. Dirección de Trabajo y Seguridad Social;
  3. Dirección de Finanzas y Precios;
  4. Dirección General de Educación;
  5. Dirección de Cultura;
  6. Dirección de Deportes ,Educacion Fisica y Recreacion,
  7. Dirección de Vivienda;
  8. Dirección de Transporte,
  9. Dirección de Inspección ;
  10. Dirección General de Salud Pública;
  11. Dirección de Justicia,
  12. Direccion de Patrimonio y Contruccion,
  13. Direccion de Desarrollo Municipal,
  14. Direccion de Comercio,
  15. Direccion de Auditoria,
  16. Direccion de Cuadros

 

 

 

                       DEPARTAMENTOS:

 

  1. Departamento de atención a la población
  2. Departamento de Organización,  e Información;
  3. Departamento de Defensa

 

 

                        SECCIONES:

  1. Sección de Atención a Combatientes;
  2. Sección de Seguridad y Protección;
  3. Sección de Informacion y Comunicacion Social
  4. Seccion de Comercio Exterior,Inversion Extranjera y Cooperacion;
  5. Seccion de Informatica y Comunicaciones
  6. Seccion de Asesoria Juridica

 

                             CENTROS :

  1. Centro de Informatica y comunicaciones;
  2. Centro de Información;

                           PUESTO DE MANDO

  1. Puesto de Dirección

 

 De las unidades de aseguramiento de la administración municipal. La administración municipal cuenta, además, con las unidades de aseguramiento subordinadas siguientes:

  1. Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Apoyo a la Salud,
  2. Unidada Presupuestada de Aseguramiento y Apoyo a la Cultura,
  3. Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Apoyo a la Educacion,
  4. Unidada Presupuestada de Aseguramiento y Apoyo al Deporte,
  5. Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Apoyo Central
  6. Unidad de Tramites y Servicios ;
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